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HEMEROTECA » |
EFE La Sala de lo Civil del alto tribunal ha estimado así el recurso presentado por los dueños de la vivienda, que cedieron gratuitamente el uso de la misma a su hijo y a su esposa y que éstos ocuparon junto con sus hijos hasta que sobrevino una crisis matrimonial y la sentencia de separación atribuyó a la mujer y a los menores el uso y disfrute de la misma.
Juicio
Los ex suegros promovieron un juicio por desahucio que fue rechazado por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Alcoy y posteriormente por la Audiencia Provincial de Alicante, al estimar que la cesión del uso de la vivienda al matrimonio se hizo no para que sus dueños pudieran reclamarla a su voluntad en cualquier momento, sino cuando el matrimonio contara con recursos suficientes para adquirir otra o cuando surgiese una situación de necesidad.
La Audiencia Provincial de Alicante determinó que esta situación no se había producido ya que los ex suegros no habían alegado necesidad y concluyó que su actuación era contraria a la buena fe.
Por el contrario, el Tribunal Supremo establece que el elemento que había caracterizado la cesión de la vivienda ha desaparecido al romperse la convivencia conyugal.
Además, el propio Tribunal Supremo sostiene que a esta situación no le afecta el hecho de que la sentencia de separación atribuyera a la esposa el uso y disfrute de la casa en su condición de vivienda familiar, motivo por el que dispone su desalojo.
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