M. C.
La decisión de la Fiscalía del Supremo es importante, pues completa el panorama de recursos sobre el que tendrá que pronunciarse el alto tribunal, tanto de la acusación pública y privada como de las defensas. Además, no es automática, sino que la propuesta de la Fiscalía provincial es estudiada y valorada, antes del pronunciamiento definitivo. En el caso Ardystil, por ejemplo, el recurso del fiscal contra la absolución de las empresas químicas no fue aceptado y no se presentó.
Ahora, la Fiscalía, como se había anunciado, recurre la absolución del director de la sucursal de la Caja de Alcoy, e hijo del director general, en base a que le considera partícipe de la decisiones y acciones que llevaron la entidad a la quiebra. No comparte el criterio de la Audiencia, que entendió que se trataba de un "cómplice", por lo que procedió a su absolución, en base al Código Penal de 1973. Hay que señalar que en este juicio se ha usado alternativamente esta normativa penal y la de 1995, en función de cuál fuese más favorable para los acusados.
Aparte, los dos condenados han pedido su absolución y la acusación particular ha pedido que se revoque la absolución de los dos máximos directivos y del consejo rector, y que se incrementen las penas a los primeros. El fiscal ya anunció que no recurriría una rebaja de penas por dilación indebida a los máximos directivos.