TRIBUNALES

La Audiencia impone diez años al acusado del crimen de Muro

La sentencia aplica al procesado, que se conformó en el juicio, dos atenuantes por confesar los hechos y por reparar el daño al pagar parte de la indemnización a la familia

 

J. A. M. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha impuesto diez años y tres meses de prisión al acusado del crimen de Muro, que se conformó con la pena el día del juicio, según la sentencia hecha pública ayer. El joven estaba acusado de los delitos de asesinato y hurto. El fallo aplica dos atenuantes por confesión del hecho y por reparación del daño que han contribuido a una rebaja en la pena final para el acusado. El fallo confirma el acuerdo al que llegaron la Fiscalía y la defensa el día de la vista, aplicando la pena de diez años de prisión por el asesinato, así como otros tres meses más por el robo en el despacho del fallecido.
El fallo considera probado que la madrugada del 19 de julio de 2006 el acusado Antonio C. B. conoció a la víctima, propietario de un pub de Muro, quien le llevó al local para tomar unas copas y ver películas pornográficas. Una vez allí se suscitó una discusión entre ambos, en la que el procesado acabó clavando un cuchillo a la víctima. "Puesto que éste comenzó a tambalearse sin que llegase a caer al suelo, el acusado siguió clavándole el cuchillo repetidas veces, cayendo la víctima de rodillas", señala la sentencia que recuerda que las cuchilladas continuaron en el cráneo y finalmente en el suelo. El hombre murió como consecuencia de una insuficiencia cardiorrespiratoria y shock hipovolémico por múltiples heridas de arma blanca. El acusado huyó con 900 euros que sacó de un cajón del despacho del fallecido, tras haber intentado sin éxito abrir la caja fuerte.
Antonio C. B. se confesó en la sala el día del juicio autor de los delitos que se le imputaban. De hecho, el procesado se entregó a la Policía Local de Albaida a la mañana siguiente del crimen y fue quien les indicó dónde estaba el cadáver. Este hecho se considera como una de las atenuantes, ya que en ese momento las autoridades no tenían constancia de que se hubiera cometido ningún crimen. Asimismo, tampoco se fija una indemnización porque la familia del fallecido renunció a los derechos que les podían corresponder al haber sido indemnizados con 70.000 euros por el procesado antes de la vista. Se considera que el acusado ha intentado paliar los efectos del daño causado a la familia.

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