M. CANDELA
La Tesorería de la Seguridad Social ha anulado el embargo de una vivienda que efectuó contra la Caja de Crédito de Alcoy, al estimar el recurso formulado por los representantes legales de la entidad y estimar que la deuda reclamada ha prescrito, según pudo saber ayer este diario.
En plena vorágine del juicio por la quiebra de la Caja de Crédito de Alcoy, surgió una reclamación formal de la Seguridad Social, que señalaba una deuda de 31.799 euros, que con los recargos de apremio y costas aumentaba hasta los 43.815 euros. Esta morosidad era consecuencia del impago de las cuotas de los trabajadores de la Caja de Alcoy durante el tiempo en que estuvo operativa, desde la suspensión de pagos de julio de 1993 hasta la declaración formal de quiebra.
La Seguridad Social se incautó par cubrir su deuda de una casa de 77,59 metros ubicada en la calle Retor de Confrides, que además sacó de inmediato a subasta. La alegación consiguiente efectuada por la representación legal de la Caja de Crédito de Alcoy h asido estimada, quedando anulado el embargo preventivo y también la consiguiente subasta.
En una resolución que ha sido remitida por la propia Tesorería de la Seguridad Social se deja constancia de que se han estimado las alegaciones formuladas en el recurso de alzada, lo que ha dado pie a que se haya declarado "nulo y sin efecto" el embargo de la referida casa. Aparte, también se deja constancia de que la deuda habría prescrito.
Los afectados, tal y como informó este diario, atribuyeron lo ocurrido a un error de la Seguridad Social, dado que años atrás habían cubierto las deudas con dinero recuperado por el propio colectivo.