M. CANDELA
E
l Tribunal Superior de Justicia (TSJ);, a través de la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo, ha admitido a trámite la demanda de los 46 afectados del síndrome Ardystil que se quedaron sin cobrar, para que la Conselleria de Economía asuma sus indemnizaciones, según recoge un auto a cuyo contenido ha tenido acceso este diario.
El proceso del síndrome Ardystil, que se remonta a 1992, había concluido judicialmente con la vista oral de la Audiencia de Alicante y los posteriores recursos al Tribunal Supremo y el Constitucional. La sentencia permitió cobrar indemnizaciones, por la condena del inspector de Trabajo, a los 26 herederos de víctimas y afectados de la aerografía Ardystil, pero excluyó a los 46 afectados de otras firmas. Al declararse insolventes los empresarios, no pudieron percibir los pagos que fijó la sentencia.
El 3 de marzo de 2007, estos 46 afectados presentaron una demanda de reclamación de cantidad ante la Conselleria de Economía por importe de 2,5 millones, al considerar que tiene una responsabilidad patrimonial por no haber controlado las condiciones de trabajo en las aerografías. Esta cantidad incluye tanto las indemnizaciones como los intereses.
La demanda no fue contestada y el 3 de septiembre se presentó la misma demanda por la vía judicial, a través del TSJ, que en el día de ayer -transcurridos más de ocho meses- publicó un auto en el que se recoge su admisión a trámite. Algunas fuentes destacaron ayer que este plazo indica que la sala ha meditado concienzudamente la pertinencia de la cuestión planteada.
En el mismo documento, el tribunal reclama a la Conselleria de Economía la remisión del expediente administrativo, a la vez que da un plazo de nueve días para que los interesados puedan personarse. Posteriormente, se podrá formular la demanda definitiva por parte de los afectados.
El TSJ, como se ha venido informando, admitió en noviembre pasado otra demanda contra la Generalitat Valenciana en la que un total de 56 afectados le reclaman el pago de los gastos judiciales, en virtud de un acuerdo de las Cortes de 1993. Por este concepto, se pide un total de 500.000 euros.