M. CANDELA
L
os 46 afectados del síndrome Ardystil que se han quedado sin indemnizaciones, por la insolvencia de los propietarios de las aerografías en que trabajaron, decidieron ayer de acuerdo con su abogado demandar por daños y perjuicios a la Conselleria de Trabajo, en un intento de obtener los más de 2 millones de euros que les asignó la sentencia de la Audiencia de Alicante de 30 de junio de 2003. Pasados quince años de la declaración del síndrome, puede abrirse un nuevo frente judicial.
El pasado 24 de octubre, el Tribunal Constitucional rechazaba un recurso de este colectivo de afectados, pidiendo extender la responsabilidad civil del Inspector de Trabajo a todas las aerografías. Esta resolución provocaba que estos perjudicados se quedasen sin cobrar los más de 2 millones de euros que les asignó la Audiencia, ya que los propietarios de las empresas son insolventes. Algunos de ellos podrán repartirse, algún día, el montante de los seguros de las empresas y el importe de la subasta de algunas propiedades embargadas de reducido valor.
Este colectivo mantuvo ayer una reunión con su abogado en la sede del Colegio de Abogados de Alcoy, donde se acordó descartar un eventual recurso al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, al entender que «no veíamos posibilidades claras».
Sin embargo, sí se decidió plantear una demanda por daños y perjuicios -por defectuoso funcionamiento de la administración- contra la Conselleria de Trabajo, que ya ha indemnizado con 3 millones a los trabajadores y herederos de las víctimas de la aerografía Ardystil, por la responsabilidad del Inspector de Trabajo condenado en el proceso.
En fechas inmediatas, se remitirá una solicitud formal a la Conselleria de Trabajo de indemnización por valor de más de 2 millones de euros, subrayaron las citadas fuentes, y si en el plazo de 6 meses no se contesta o se hace con una resolución negativa, entonces se planteará una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ); por la vía de lo contencioso-administrativo. Estos afectados entienden que Trabajo es responsable de los daños y perjuicios que sufrieron, por no haber inspeccionado las empresas, que tras la declaración del síndrome en 1992 serían clausuradas y desmanteladas.
Cabe significar que entre los demandantes figuran los herederos de una de las víctimas del síndrome -Andrés Méndez, de Aeromán-, que tampoco han sido indemnizados.