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El Campello

Un juez obliga a devolver el IBI urbano cobrado a una finca que aún no lo es

El fallo ratifica que el suelo es a efectos catastrales rústico hasta que se apruebe el plan para su desarrollo

Un juez obliga a devolver el IBI urbano cobrado a una finca que aún no lo es

No se puede cobrar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano a una finca urbanizable que aún no tiene aprobado su plan parcial. Un juez de Alicante ha aceptado el recurso del dueño de una parcela en El Campello, obligando al Ayuntamiento a devolver el tributo cobrado en 2017 y a abonar las costas, a través de Suma Gestión Tributaria, ya que a efectos catastrales la finca debe ser considerada como rústica.

Este fallo se basa en una sentencia del Supremo de 2014 y abre la puerta a que prosperen otros recursos por esta cuestión por la liquidación de este impuesto en 2017 en El Campello y Busot sigan el mismo camino, y que afectados puedan reclamar por esta situación por el IBI que se girará este verano, según las asociaciones de vecinos l'Horta-Muchavista, La Zenia y Amecove, y las letradas que han llevado el caso. A pesar de ello, desde el Consistorio aseguraron ayer que la situación de este tipo de terrenos ya está corregido desde hace varios años para que se abone un IBI rústico, por lo que su incidencia la consideran escasa y atribuyen este caso a condiciones especiales de la finca en cuestión.

Un juez de lo Contencioso Administrativo de Alicante ha estimado con fecha 9 de mayo de 2018 el recurso de un particular por el cobro de más de 1.000 euros en concepto de IBI urbano, condenando a SUMA a la devolución de la liquidación abonada más los intereses de demora, y también al pago de las costas. Los terrenos en cuestión tienen la condición de suelo urbanizable adscrito a una unidad de ejecución que permanece suspendida desde hace años y está pendiente de aprobación de su proyecto de urbanización y de su proyecto de reparcelación. El fallo se basa en la sentencia del Supremo que desestimó el recurso de casación presentado por la Abogacía del Estado, y en que establece que el suelo urbanizable sin programación, que no cuenta con los instrumentos aprobados para su desarrollo, es suelo rústico a efectos del pago del IBI.

Las letradas Celia Lledó y Carolina Flórez, que presentado el recurso ahora ganado frente el Ayuntamiento, recuerdan que «no se puede cobrar IBI urbano en parcelas rústicas. Si bien esta prohibición ya la dejó clara el Supremo en 2014, todavía son muchos los ayuntamientos que mantienen esta práctica injusta e ilegal, que les permite aumentar la recaudación cobrando un IBI urbano en parcelas urbanizables que no están urbanizadas aún.

Estas letradas han presentado varias demandas recurriendo las liquidaciones en El Campello y Busot, en defensa de propietarios de parcelas rústicas a los que la administración tributaria les está girando recibos de contribución como si sus parcelas tuvieran el carácter de urbanas o urbanizables.

La primera de estas demandas ya ha dado la razón a los recurrentes, recordando que los ayuntamientos que se encuentran cobrando IBI urbano por parcelas que tienen el carácter de rústico, «debían haber corregido esta situación ya en el 2015, promoviendo expedientes simplificados de valoración colectiva. Sin embargo, ayuntamientos como El Campello aún no se han decidido a cumplir la ley para corregir esta situación tan injusta para muchos contribuyentes».

Por su parte desde las asociaciones de vecinos l'Horta-Muchavista, La Zenia y Amecove celebraron ayer esta decisión judicial y lamentaron la «enorme presión fiscal que soportan», al mismo tiempo que recordaron que ya los tribunales el pasado año abrieron la puerta a reclamar la reducción hasta la mitad en el recibo del IBI urbano por irregularidades en la revisión catastral de 2007. Del mismo modo lamentaron que en 2014 el pleno municipal aprobó una moción de EU por unanimidad encaminada a que las fincas urbanizables abonen el IBI rústico hasta que se desarrolle el plan, y que no se haya cumplido.

Por todo ello estas asociaciones van a volver a realizar en los próximos meses asambleas para informar de las acciones legales que se pueden llevar a cabo los vecinos. Precisamente de una de estas reuniones surgió el pasado año el recurso de este vecino que ahora ha aceptado el juez.

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