En su lucha contra la instalación del crematorio en Sant Joan d'Alacant, la Plataforma ha logrado uno de sus objetivos, que se plantee la desacreditación de la empresa «que hace los informes a ASV, que en teoría es la que debe de controlar las emisiones de la mercantil», señalan en un comunicado.

La Conselleria de Medio Ambiente ha comunicado a la Plataforma que ha iniciado un expediente de cancelación de la inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras de la Conselleria a Marsan Ingenieros SL tras la denuncia de la Plataforma anti Crematorio, el Ampa del Colegio Lo Romero, la junta de personal del Hospital de San Juan, la asociación de vecinos Sant Joan Sur y personal de la Universidad Miguel Hernández (UMH) «de que no cuenta con la acreditación para hacer las mediciones».

Para la Plataforma este paso es muy importante ya que esta empresa ha hecho informes para el crematorio y considera que no pueden ser válidos al no tener la acreditación. Recuerdan que «en enero de 2016 entregamos en Madrid a la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) un escrito con las irregularidades que detectamos y en junio nos contestó que Marsan no tenía la acreditación para medir los gases del crematorio», apuntan.

En su web, la mercantil mantiene sin embargo un apartado de acreditaciones en el que expone hasta cinco acreditaciones ENAC para distintas situaciones, entre ellas la de aire ambiente.

Por su parte, la empresa del crematorio aseguró tras la denuncia de los afectados que Marsan sí contaba con la acreditación de la ENAC y reconocieron que la entidad realizó las mediciones de los gases de combustión utilizando otro tipo de metodología y no la que la Conselleria establece.

Los afectados insisten en que todo lo que presenta la empresa del crematorio en los juzgados, como «la reciente causa penal por prevaricación , los contenciosos administrativos..., se basan en lo que dice Marsan».

Por su parte, la Conselleria de Medio Ambiente, que ha iniciado el expediente de cancelación, señala que la mercantil tiene la obligación de mantener los expedientes, actas, informes y demás documentación y datos de los controles realizados como entidad colaboradora, durante un periodo mínimo de cinco años. Y lamentan que la mercantil no ha presentado la documentación, por lo que entienden que «ha existido incumplimiento de sus obligaciones».