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Sant Joan d'Alacant

El TSJ invalida las mediciones de gases que el Ayuntamiento realizó en el crematorio

Los magistrados fallan a favor de la empresa propietaria al argumentar que el control de las emisiones solo le corresponde a la Conselleria

El crematorio de Sant Joan, actualmente sin actividad. ISABEL RAMÓN

Varapalo para el Ayuntamiento de Sant Joan d'Alacant en relación al crematorio. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha determinado que el Consistorio no cuenta con las competencias necesarias para evaluar los niveles de gases de la incineradora, por lo que las mediciones que el gobierno local realizó en septiembre de 2014 a través de una empresa externa serían ilegales y carecerían de valor.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ ha fallado a favor de la empresa ASV, propietaria del crematorio de Sant Joan, que interpuso un recurso después de que, en una primera instancia, los magistrados le dieran la razón al Ayuntamiento de Sant Joan. Ahora, los papeles han cambiado y la mercantil ha salido victoriosa en esta batalla legal al considerar el TSJ que solo la Conselleria cuenta con las competencias para medir las emisiones que el horno emite a la atmósfera.

Los magistrados argumentan en la sentencia que «la competencia para inspección y control de las emisiones corresponde a la Generalitat Valenciana» y que «la competencia del Ayuntamiento solo sirve para comunicar en su caso a la administración competente -Generalitat Valenciana- las posibles incidencias».

Esta decisión vendría a invalidar el informe encargado en 2014 por el Ayuntamiento, en el que se determinó que los niveles de partículas y cloruros en el aire superaban lo permitido. En concreto, el estudio, realizado por la empresa SGS, indicó que la mayoría de las muestras de las emisiones tomadas en la incineradora, incluidos dioxinas y furanos, eran «inferiores a los límites autorizados», pero las partículas y los cloruros sí superaban el límite permitido. Sin embargo, fuentes municipales aseguraron que durante las mediciones se encontraba presente un representante de la Conselleria de Sanidad y otro de Medio Ambiente.

Asimismo, cabe recordar que un juez autorizó la entrada a las instalaciones del crematorio para poder realizar las mediciones, tras la negativa de la empresa propietaria, por lo que resulta curioso que ahora los magistrados se pronuncien en contra de esta iniciativa municipal.

Esta decisión pone en riesgo la continuidad del cierre cautelar del crematorio por riesgo sanitario que se aprobó en pleno en 2015, una decisión que se basó, principalmente, en el informe que ahora invalida el TSJ y que todavía está pendiente de resolución judicial tras la denuncia de la empresa propietaria.

Por su parte, el grupo ASV Servicios Funerarios valora positivamente este dictamen «que resuelve definitivamente el fondo del asunto y que hace la resolución número once de las dictadas a favor de la empresa en el tema del crematorio». Del mismo modo, opina que esta sentencia hace que decaigan los efectos de la medida cautelar de paralización de la actividad de la incineradora.

Por su parte, el alcalde de Sant Joan d'Alacant, Jaime Albero, manifestó que se trata de una sentencia «contundente» que no es buena para el Ayuntamiento porque «nos quita la razón». Asimismo, el primer edil socialista confirmó que el Consistorio recurrirá el fallo del TSJ en el Tribunal Supremo puesto que se trata de una resolución que se contradice con el permiso que en su día obtuvo el Ayuntamiento para poder medir las emisiones. «Si al final la competencia es de la Conselleria de Medio Ambiente, le pediremos que hagan ellos las mediciones», argumentó Albero.

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