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San Vicente del Raspeig

El Ayuntamiento indemnizará a un joven al que le cayó la puerta de un parque

Pasaba junto al número 5 de la calle Petrer y el portón se desplomó rompiéndole una pierna. El Consistorio desestima la reclamación de una mujer que se resbaló en la calle el Viernes Santo con la cera de las velas

El Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig indemnizará a un chaval al que le cayó encima la puerta metálica de un parque. Recibirá 6.307 euros, casi mil euros menos de los que reclamaba al Consistorio sanvicentero, que ha reconocido su responsabilidad «por un mal funcionamiento de los servicios municipales, por no haber supervisado y detectado el mal funcionamiento de la valla-puerta metálica».

El accidente ocurrió a finales del mes de octubre de 2015 a la altura del número 5 de la calle Petrer. Eran las tres de la tarde y el joven acaba de salir del instituto y fue al pasar junto al parque municipal cuando se le vino encima la puerta metálica. La caída de la valla le rompió la pierna, lo que le mantuvo durante cuatro días en el hospital y la herida tardó casi tres meses en curarse. La familia del joven presentó ante el Ayuntamiento de San Vicente una reclamación por responsabilidad patrimonial.

El Ayuntamiento recibió posteriormente varios informes. En uno de ellos no se relacionaba el funcionamiento del servicio público y el daño producido, aunque se reconocía que la valla tenía una bisagra rota lo que la hacía estar abierta y estática. Sin embargo, presumía que el descuelgue se había producido por un mal uso, ajeno al Ayuntamiento.

Mientras que el informe policial reconocía que la central recibió aquel día una llamada en la que se alertaba de que la puerta estaba rota y a punto de caer y que cuando los agentes acudieron la puerta ya estaba en el suelo.

Probado su mal estado

La familia del estudiante alegó que la caída de la valla no se produjo por un mal uso del accidentado y señaló que había quedado probado el mal estado de la puerta metálica del parque que se desplomó sobre él. La familia presentó la reclamación en la que advertía que la obligación del Ayuntamiento es la de mantener en condiciones de seguridad todas las instalaciones municipales y sus elementos. «Hay responsabilidad patrimonial por incumplir la Administración dicho deber y que por ello existe una relación de causalidad y obligación de indemnizar». Y valoró las lesiones producidas en 7.483 euros.

Por su parte, la aseguradora municipal también alegó que debía desestimarse la reclamación «al no ser imputable el daño al funcionamiento de ningún servicio público sino a la actuación de terceros».

Sin embargo, el Ayuntamiento considera procedente la responsabilidad patrimonial y es la compañía de seguros la que tiene que hacerse cargo de la responsabilidad civil, baremando los daños, en los que incluye también daños morales, en 6.307 euros.

El Ayuntamiento de San Vicente, sin embargo, ha desestimado otras dos reclamaciones patrimoniales por caídas en la vía pública, también en 2015.

Una vecina ha reclamado al Ayuntamiento por responsabilidad patrimonial por una caída que sufrió en la calle Mayor el día de Viernes Santo al resbalar con la cera de las velas cuando participaba en la procesión. En su resolución, el Consistorio señala que «la caída se produce en el ámbito de una celebración religiosa en la vía pública que se encontraba en debidas condiciones de uso» y añade que no se puede imputar la caída al mal funcionamiento de ningún servicio público de competencia municipal.

Desestima la reclamación de otra mujer que se cayó en la avenida Ancha de Castelar a causa de una loseta deteriorada en la acera. El Consistorio esgrime sentencias del Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana en las que considera que en los tropiezos con objetos de escasa relevancia que pueden ser advertidos por el peatón con una atención normal «se deben considerar como riesgos socialmente admitidos».

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