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Sant Joan admite que no puede publicar datos personales y los elimina de su web

Durante tres días ha permitido la descarga de nombres y DNI de los seleccionados en el sorteo de mesas electorales La publicación de esta información se ha estado haciendo desde 2009

Sant Joan admite que no puede publicar datos personales y los elimina de su web INFORMACIÓN

El Ayuntamiento de Sant Joan d'Alacant ha retirado de la portada de su página web el enlace en el que se podía acceder al documento con los nombres, apellidos y número del DNI de todas las personas elegidas para ser presidentes, vocales y suplentes en las elecciones del 26 de junio. Admite que no puede publicar los datos personales de quienes formarán parte de este proceso, y también que no podrá seguir haciéndolo en cualquier otro procedimiento administrativo que comporte ofrecer nombres con documentos de identidad, algo que hasta ahora también aparecía en la página web.

El Consistorio ha tardado tres días en retirar de la portada de su web este enlace, basándose en el criterio del secretario municipal que se amparaba en una disposición de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) de 2009 en la que lo permitía amparándose en que, como el sorteo es público, la publicación de los datos también debía de serlo. Tras revelar INFORMACIÓN que el Ayuntamiento estaba vulnerando la Ley de Protección de DatosrevelarINFORMACIÓN Ley de Protección de Datos porque el criterio de la Junta Electoral Central es el de no publicarlos abiertamente, el propio secretario municipal se puso en contacto con la Agencia para corroborar si el criterio que estaba siguiendo desde 2009 era el correcto.

Justificación de la retirada

Y ayer recibió la respuesta. El alcalde, Jaime Albero, decidió entonces la retirada del enlace y el propio secretario elaboró un informe bajo el título «Retirada de la publicación de la relación de los miembros de las mesas electorales que se encuentra en el apartado de sede electrónica de la web municipal».

En él reconoce que es «inequívocamente» la Junta Electoral Central el órgano al que corresponde por imperativo de la legislación electoral la emisión de los criterios de interpretación vinculantes acerca de las disposiciones de la Ley orgánica 5/1985. Y que deben de ser las administraciones públicas las que adopten sus resoluciones y actos de forma conforme con la interpretación que de dichas normas hubiera llevado a cabo la Junta Electoral Central.

El alcalde advierte de que la publicación de los datos personales «no es algo que se nos haya ocurrido a nosotros. Es algo que se viene haciendo desde 2009. No es que nosotros hayamos intentado innovar en nada», declaraba en contestación a las críticas del portavoz del grupo municipal popular santjoaner, Manuel Aracil, quien como anterior alcalde, ha estado presidiendo un ayuntamiento en el que se estaban ofreciendo los datos personales de los componentes de las mesas electorales. «El exalcalde tiene amnesia o no sabía lo que se estaba haciendo en el Ayuntamiento», añade Albero, quien recalca que hasta ahora el criterio del servicio era informar a través de internet y desactivarlo a la finalización del proceso.

«Pensó que hacía lo correcto»

En el aire queda la posibilidad de celebración de un nuevo pleno para elegir a los miembros de las mesas. El alcalde reconoce que están dispuestos a repetir el pleno en el caso de que sea necesario. «El secretario pensaba que hacía lo correcto y no ha habido perjudicados. No hemos recibido quejas. Con toda la normalidad se ha retirado la documentación».

En principio la Junta Electoral de Zona que ayer se reunió de forma ordinaria no lo contempló. De hecho, decidió no tomar ninguna medida puesto que no había recibido hasta el momento queja o denuncia sobre la publicación y descarga de los datos por parte del Ayuntamiento de Sant Joan.

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