El exalcalde y los doce concejales de Sant Joan d'Alacant que votaron a favor del cierre cautelar del crematorio en enero de 2015 se enfrentan finalmente a una querella, de la que se habían liberado hace cuatro meses. La Audiencia Provincial de Alicante ha revocado la resolución del Juzgado de Instrucción 8 de Alicante que el pasado mes de diciembre resolvió el archivo del caso al no ver indicios de prevaricación. Una querella interpuesta por la empresa ASV Funeser SLU contra el exalcalde popular Manuel Aracil, nueve concejales del PP, dos de Compromís y uno de EU.

Un contundente auto contra el que no cabe recurso da la razón a la mercantil que gestiona el crematorio. ASV recurrió el archivo de las diligencias por prevaricación ante la Audiencia y solicitó la reapertura de la causa.

El hecho determinante que ha dado el giro a la resolución judicial ha sido la evidencia presentada por el crematorio en la que muestra que el Ayuntamiento de Sant Joan tenía conocimiento, antes de tomar la decisión del cierre cautelar de la instalación, de que la mercantil había adoptado las medidas correctoras en el crematorio que le exigía la Dirección General de Calidad Ambiental. Y a pesar de ello, el Consistorio no lo tuvo en cuenta a la hora de tomar la decisión. «Cuando los querellados dictan la resolución de suspensión de la actividad por incumplimiento de la normativa aplicable -expone la resolución de la Audiencia- ya sabían que la Administración autonómica, tras la evaluación de sus técnicos, había estimado que no había tal incumplimiento o que el grado de incumplimiento era considerablemente mejor que al inicio de su expediente».

Medidas

Para demostrar este extremo, la empresa aportó un oficio de la Dirección General de Calidad Ambiental que fue remitido al entonces alcalde, Manuel Aracil, en el que comunicaba que tras el análisis de la documentación aportada por el crematorio y la posterior inspección por técnicos del servicio medioambiental consideraba que se cumplía con la restauración de medidas propuesta.

El responsable de comunicación de la mercantil, Víctor Humanes, explicaba que lo que se hizo para limitar las emisiones fue presentar unas mejores prácticas como la eliminación de los forros interiores de los féretros o que todos, y no sólo algunos, fueran de materiales ecológicos. «Se dio cumplida información a Calidad Ambiental que a su vez informó al Ayuntamiento y cuando los querellados dictaron su resolución se sabía que no había tal incumplimiento», añadió.

La Audiencia considera necesario abrir juicio oral y practicar más diligencias en caso de dudas jurídicas y menciona la «insistencia del Ayuntamiento de Sant Joan en evitar el ejercicio de la actividad, corregida en varias resoluciones judiciales».

ASV señala que la revocación de la sentencia que ha hecho la Audiencia Provincial «evidencia que había mala fe por parte de aquellas personas que votaron el cierre cautelar» e insiste: «Determinados políticos votaron el cierre cautelar sin evidencia de que se estaban sobrepasando unas emisiones». La mercantil mantiene su argumento de que la decisión tomada fue «política» y añaden que el acuerdo adoptado no estuvo motivado por una preocupación por la salud de los ciudadanos.

Humanes advierte de que hay un objetivo claro con esta querella: «Lo que perseguimos es que sean los políticos los que paguen la posible indemnización derivada del cierre y no el pueblo de Sant Joan, porque esta querella demuestra que el Ayuntamiento actuó de mala fe», declara el representante de ASV Funeser SLU.

De esta forma, la Audiencia Provincial devuelve la causa al juzgado para que siga su curso. Hasta ahora éste había sido el único respiro que había tenido el Ayuntamiento, ya que por el momento ninguna de las resoluciones judiciales le ha dado la razón.

El conflicto con el crematorio se remonta a 2005 cuando se inició su construcción. El Ayuntamiento ya se enfrentó a la empresa tratando de revocar la licencia. Para el cierre cautelar el Consistorio alegó riesgos sanitarios para la población.